Maricopa County

Agua Fria Frequently Asked Questions

Frequently asked questions

Espanola

  • How did the decision to limit access to the Agua Fria Conservation Area come about?
    • The primary reasons the agencies decided to begin enforcing the restriction on motorized vehicle access to the Agua Fria Conservation Area are to ensure public safety and protect the natural and cultural resources. Over the past four years, the Agua Fria Conservation Area has been subject to increased:
      • Illegal dumping;
      • Illegal shooting;
      • Off-highway vehicle use;
      • Degradation of natural resources - including habitat destruction;
      • Degradation of cultural sites - including petroglyphs that have been either damaged or stolen;
      • Wood cutting;
      • Vandalism;
      • Violation of federal, state, county, local and park regulations and laws;
      • Cattle on local property have been shot;
      • Offensive behavior; and
      • Open campfires
  • What prompted the decision to enforce the Park Rule (R-107) regarding motorized vehicle access to the Agua Fria Conservation Area on July 1, 2007?
  • According to Maricopa County Parks and Recreation Department Park Rules, Rule-107 states the following act is prohibited in Maricopa County parks operating any motorized vehicle except on roads and parking areas designated by the Department for such purpose. This conservation area, as designed in the 1995 Plan, does not have established roads. Due to a substantial rise in illegal activity in the conservation area, all agencies have agreed that the area has become unsafe for the public and it is time to enforce the rule. Additionally, the land in the conservation area is being destroyed at a rapid and irreparable rate.
  • Define “limited access”.
    • No motorized vehicles.
  • What types of activities have been identified as “acceptable” for the public under the new restrictions?
    • According to the Lake Pleasant Regional Park 1995 Master Plan, the following activities are allowed:
      • Boating
      • Fishing
      • Swimming
      • Camping
      • Hiking
      • Bicycling
      • Picnicking
  • Who owns and manages the Agua Fria Conservation Area?
    • The Bureau of Reclamation owns the land; however, Maricopa County’s Parks and Recreation Department has a 50-year management agreement to manage the land. Under the original agreement, the Agua Fria Conservation Area was designated as a conservation area with limited access and development in order to preserve the riparian areas.

Conservation area, as defined in the 1995 Master Plan, are natural, environmentally sensitive areas intended to remain relatively undisturbed to preserve the native environment. No development, except natural trails, will occur in these areas. Some interpretive natural trails will be developed to allow visitors to experience the unique environment offered in the conservation areas.

  • What is the short-term plan?
    • The level of activity in the Agua Fria Conservation Area has increased in a way that wasn’t foreseen when the 1995 Master Plan was developed. The decision to enforce the motorized vehicle restriction may be an inconvenience to all parties involved; however, a long-term solution is currently being developed to ensure that the conservation area provides safe, pleasant and compatible recreational opportunities for all. The motorized vehicle restriction will remain in effect until a long-term solution has been developed. The public will be kept apprised as developments unfold.
  • What is the long-term plan for the area?
  • A concerted effort with multiple agencies to develop a long-term plan is currently underway. The 1995 Master Plan originally identified the area as a conservation area and it is the intent of the agencies to use that plan as a starting point in developing a final plan. The agencies are working on identifying recreational opportunities that the conservation area will offer.
  • Public comments will be sought, encouraged and taken into consideration in developing a final plan and before implementation of any permanent solution.
  • Who will be impacted by the decision?
    • Anyone and everyone accessing the area legally or illegally. Last year, 443 watercraft and 2,685 autos entered the Agua Fria Conservation Area legally. These individuals may still access the conservation area as pedestrians or by boat via the main entry or north entry stations of Lake Pleasant Regional Park.
  • What is the total acreage for the Agua Fria Conservation Area?
  • The total acreage of Lake Pleasant Regional Park is 24,425.92 acres. The total acreage of what is considered to be the Agua Fria Conservation Area is approximately 2,405.35, and this is the area that will be impacted by the vehicle restrictions. There are other conservation areas within the park boundaries; however, they are not included in this estimate.

     

  • What will happen to individuals who don’t adhere to the closure?
    • Individuals who do not adhere to the new regulations, can and will be cited by:
      • Maricopa County Sheriff’s Office (MCSO) – MCSO will enforce both the Park and Arizona State Revised Statues rules.
      • Arizona Game & Fish Department (AZGF) – AZGF will enforce Title III, Title V, Title XVII and Title XXVIII (OHV Law) and Arizona Game and Fish Statutes.
      • The levels for the citations are dependent upon the illegal activity.
      • Please note that the Maricopa County Park rules are Class II Misdemeanors which may lead to an arrest.
  • Who should I contact for additional information?

 

Preguntas hechas con frecuencia

  • ¿Cómo fue determina la decisión a enforzar la restricción de vehículo motorizados en el Área de Conservación de Agua Fria?
    • Las razones primarias que las agencias decidieron para comenzar a enforzar la restricción de los vehículos motorizados en el Área de Conservación de Agua Fria son para asegurar la seguridad pública y proteger los recursos naturales y culturales. En los últimos cuatro años, el Área de Conservación de Agua Fria ha estado bajo un aumento:
      • El descarge de basura ilegal;
      • El tirar ilegal;
      • El uso de vehículo de no carretera;
      • Degradación de los recursos naturales - incluyendo la destrucción del habitat;
      • Degradación de los sitios culturales - incluyendo los petrogliferos que se han dañado o se han robado;
      • Corte de madera;
      • Vandalismo;
      • Violación de regulaciones y leyes federales, estatales, del condado y local del parque;
      • Los ganados en propiedad local han sido dañados por tiros;
      • Comportamiento ofensivo; y
      • Fogatas abiertas 
  • ¿Qué incitó la decisión a enforzar la Regla del Parque (R-107) con respecto al acceso de vehículo motorizado al Área de Conservación de Agua Fria el 1 de Julio del 2007?
    • Según el Departamento del Condado de Maricopa de Reglas de Parques y Recreación, Regla-107 indica que el acto siguiente está prohibido en parques del Condado de Maricopa operando cualquier vehículo motorizado excepto en los caminos y las áreas de estacionamiento señaladas por el Departamento para tal propósito. Esta Área de Conservación, según lo diseñado en el Plan Maestro 1995, no ha establecido caminos. Debido a una subida substancial de actividad ilegal en el área de Conservación, todas las agencias han convenido que el área ha llegado a ser insegura para el público y es hora de hacer cumplir la regla. Además, la tierra en el área de conservación se está destruyendo en una tarifa rápida e irremediable.
  • Defina “limitó el acceso”.
    • Ningunos vehículos motorizados. 
  • ¿Qué tipos de actividades se han identificado como “aceptables” para el público bajo nuevas restricciones? *
    • Según el Plan maestro 1995 del Parque Regionales del Lago Pleasant, se permiten las siguientes actividades:
    • Canotaje
    • Pesca
    • Natación
    • El acampar
    • El ir de excursión
    • El montar en bicicleta
    • Picnic en el campo
    • *Una area de estacionamiento señalada será establecida para los visitants
  • ¿Quién posee y maneja el Área de Conservación de Agua Fria?
    • La Oficina de Recuperación posee la tierra; sin embargo, el Departamento del Condado de Maricopa de Parque y Recreación tiene un acuerdo de gerencia de 50 años de manejo de la tierra. Según los términos del acuerdo original, el Área de Conservación de Agua Fria fue señalada como área de conservación con el acceso y el desarrollo limitados en orden para preservar las áreas de la orilla del lago.  Las áreas de conservación, según lo definido en el Plan Mastro 1995, son áreas naturales, ambientalmente sensibles previstas para seguir siendo relativamente imperturbadas para preservar el ambiente nativo. Ningun desarollamiento, excepto en caminos naturales ocurrira en estas areas. Algunos rastros naturales interpretativos serán desarrollados pa ra permitir que los visitantes experimenten el ambiente único ofrecido en las áreas de conservación.
  • ¿Cuál es el plan a corto plazo?
    • El nivel de actividad en el Área de Conservación de Agua Fria ha aumentado de una manera que no fue prevista cuando el Plan Maestro 1995 fue desarrollado. La decisión para hacer cumplir la restricción de vehículo motorizado puede ser una inconveniencia a todos los partidos implicados; sin embargo, una solución a largo plazo se está desarrollando actualmente para asegurarse de que el área de conservación proporciona las oportunidades recreacionales seguras , agradables y compatibles para todos. Seguirá habiendo la restricción de vehículo motorizado en efecto hasta que se ha desarrollado una solución a largo plazo. Mantendrán al público informado como los progresos se revelan.
  • ¿Cuál es el plan a largo plazo para el área?
    • Un esfuerzo concertado con las agencias múltiples en desarrollar un plan a largo plazo está actualmente en curso. El Plan Maestro 1995 identificó originalmente el área como un área de conservación y es el intento de las agencias para utilizar ese plan como punto de partida en desarrollar un plan final. Las agencias están trabajando en identificar las oportunidades recreacionales que el área de conservación ofrecerá.
    • Los comentarios públicos serán buscados, animados y tomados en consideración en desarrollar un plan final y antes de poner en práctica cualquier solución permanente.
  • ¿Quién será afectado por la decisión?
    • Cualquier persona y cada uno que tienen acceso al área legalmente o ilegal.  El año pasado, 443 barcos y 2.685 automóviles entraron en el área de conservación de Agua Fria legalmente. Estos individuos pueden tener el acceso al área de conservación como peatones o en barco vía la entrada principal o la entrada norte del Parque Regional del Lago Pleasant.
    • ¿Qué sucederá a los individuos que no adhieren al cierre?
    • Los individuos que no adhieren a las nuevas regulaciones, pueden y serán citados por:
    • La Oficina del Sheriff del Condado de Maricopa (MCSO) - MCSO enforzará las Reglas del Parque y los Estatutos Revisados del Estado de Arizona.
    • El Departamento de Caza & Pezca de Arizona (AZGF) - AZGF enforzará el título III, V, XVII y XXVIII (Ley OHV) y los Estatutos de Caza y Pezca de Arizona.
    • Los niveles de citaciones dependen de la actividad ilegal.
    • Por favor observe que las reglas del Parque del Condado de Maricopa son Delitos Menores de la clase II que pueden conducir a una detención.
    • A Quién debo yo contactar para información adicional?
  • Los nuevos progresos e información serán fijados

 


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